Sabedor de que uno de los grandes agujeros en las cuentas públicas está en la escasa recaudación fiscal, el nuevo Gobierno del PP está implantando medidas para reducir el fraude y así garantizar el equilibrio presupuestario y las prestaciones públicas. La primera de ellas ha sido la limitación del pago en efectivo a 1.000 euros. De esta forma, se pretende evitar el blanqueo de capitales en transacciones puntuales.
La segunda medida fue aprobada en el consejo de ministros del día 9 de diciembre, y es más ambiciosa, pues pone en el punto de mira el fraude fiscal a gran escala. Se trata de la entrada en vigor del SII (o Suministro Inmediato de Información). Es lo que, más llanamente, se conoce como el “IVA online”.
Se trata de un sistema que informa de manera inmediata a la Agencia Tributaria acerca de todas las facturas que emite una empresa. De esta manera, cuando una empresa realice una factura derivada de la realización de un servicio o trabajo concreto, esta se llevará a cabo online, por lo que se podrá controlar el fraude de manera más efectiva.
A partir del día que esta legislación entre en vigor, el 1 de julio de 2017, hasta 62.000 empresas estarán obligadas a informar vía online del impuesto indirecto. No es un número muy alto de compañías para un país donde hay registradas casi tres millones (contando autónomos y micropymes), pero sí es importante por el perfil de las mismas. Estas empresas son las más grandes del país y representan el 80% de la facturación realizada.
En concreto, serán incluidos obligatoriamente en el SII los contribuyentes inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME), las grandes empresas (aquellas que cuenten con una facturación anual de más de seis millones de euros) y los grupos de IVA. De forma opcional, cualquier otro contribuyente que no reúna estos requisitos puede optar por el sistema.
El Gobierno se ha dado prisa
Las empresas que actualmente hagan uso de la factura electrónica no tendrán que tomar prácticamente ninguna medida para adaptarse al SII. Sin embargo, todas las compañías que no utilicen en la actualidad la e-factura deberán adaptar su sistema a la nueva normativa. El Gobierno ha previsto un plazo de seis meses en que las facturas deberán ser remitidas en un plazo máximo de 8 días laborales, y posteriormente ese lapso quedará reducido a 4 días. Según Seres, proveedor de soluciones para la gestión electrónica de documentos, el SII “supone una mejora sustancial en la relación de comunicación entre la Administración y el contribuyente, puesto que va a permitir tener una relación bidireccional, automatizada e instantánea”.
La entrada en vigor del “IVA online” no supondrá cambios tecnológicos para las empresas que recurren a la factura electrónica. Sin embargo, aquellas que no usen la e-factura tendrán que ponerse al día. Y no les queda mucho tiempo. Según Alberto Redondo, director de marketing de Seres, “de todas las fechas que había encima de la mesa para el lanzamiento del SII, la del 1 de julio ha sido la más urgente”. “Eso demuestra el peso estratégico de este proyecto para la Agencia, y, por otro, confirma una de las realidades que hemos ido advirtiendo en estos tiempos de parón, las empresas obligadas se van a tener que poner manos a la obra ya. Nos espera un 2017 cargado de pruebas, cambios y prisas”, aventura el directivo.