El nuevo año promete ser prolífico en materia de novedades legislativas relacionadas con la empresa y que afectarán al mercado laboral, según rebela el despacho Le Morne Brabant Abogados. El parón provocado por la inesperada cita electoral dejó en el armario algunas de estas normas, que ahora serán de tramitación obligatoria. Entre ellas está el canal de denuncias, que establece sanciones de hasta un millón de euros para las compañías con una plantilla de más de 250 personas que no lo pongan en marcha. El resto de empresas dispondrán de tres meses a partir de la entrada en vigor de la ley para implementar este recurso.
Este año también tendrán impacto las medidas que se pondrán en marcha para regular el trabajo a distancia. Para ello debe quedar clara la delimitación del concepto de trabajo a distancia que debe ser como mínimo de un 30% sobre el total de la jornada en un periodo de referencia de tres meses. Muy relacionada con el punto anterior serán las medidas adoptadas para garantizar la desconexión digital del trabajador, con el fin de que se respete su tiempo de descanso y de ocio, entre el que se encuentran, por supuesto, sus días libres y vacaciones.
Por otro lado, las compañías deberán poder presentar un registro retributivo anual (al que tendrán derecho a acceder todos los trabajadores) y en el que se expongan los valores medios de salarios, complementos y retribuciones de la plantilla, desglosados por sexo, categoría profesional y puestos de trabajo.
Plan de igualdad de género
Otro de los planes que afectará a las empresas será el plan de igualdad de género que obliga a las organizaciones de más de 50 trabajadores a promover las mismas oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito laboral. Así, las sociedades cotizadas deberán asegurar un 40% de presencia femenina en sus consejos antes del próximo 1 de julio. Las grandes compañías que no cotizan en bolsa, por su parte, dispondrán de más tiempo para implementar la medida, hasta el mismo mes de 2026.
La vocación de cumplir con los preceptos constitucionales de igualdad y trasladarlos al mercado de trabajo es la que impulsa también la puesta en marcha de medidas destinadas contra la discriminación de los trabajadores LGTBI. El artículo 14 de La Ley 4/2023, de 28 de febrero, aboga por la creación de un distintivo para las empresas que promuevan políticas activas de igualdad relacionadas con este colectivo. La obligación aquí es que las empresas incorporen el Plan de Igualdad LGTBI antes del próximo mes de marzo. El incumplimiento puede suponer sanciones que alcancen los 150.000 euros.
Importante también, en el capítulo de derechos y libertades de los empleados, el Plan de Acoso Laboral, que se debe implementar por todas las empresas, independientemente del grosor de su plantilla. Este plan incluye mecanismos de protección y denuncia, así como de sanción a quienes participen en este tipo de conductas.
Por último, y en relación a los autónomos, la principal novedad es la disminución de la carga impositiva para este tipo de trabajadores que estén en los tramos inferiores, mientras que aumentará a los incluidos en los tramos superiores. La cuota mínima se reduce a 225 euros/mes para una base mínima de 735,29 euros en el mismo periodo. La máxima será de 530 euros/mes para una base mínima de 1.732,03 euros.