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La Unión Europea simplifica la normativa de sostenibilidad empresarial



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La UE ha apostado por simplificar la normativa comunitaria en materia de sostenibilidad empresarial con el objetivo de reducir la carga administrativa de las empresas, sobre todo de las pymes, para mantener su competitividad sin comprometer sus obligaciones en materia de sostenibilidad.

Publicado el 5 mar 2025



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La Unión Europea ha apostado por simplificar la normativa comunitaria en materia de sostenibilidad empresarial con el objetivo de reducir la carga administrativa de las empresas, sobre todo las pymes, y liberar recursos para posibles nuevas inversiones, con el fin de puedan mantener su competitividad sin comprometer sus obligaciones en materia de sostenibilidad.

La Comisión tiene como objetivo claro realizar un esfuerzo de simplificación sin precedentes hasta el final de este mandato, logrando al menos un 25 % de reducción de las cargas administrativas, que, en el caso de las pymes, será de un mínimo del 35 %. Este primer paquete Ómnibus reúne propuestas en diversos ámbitos legislativos conexos, abarca una simplificación de gran alcance en los ámbitos de la presentación de información sobre finanzas sostenibles, la diligencia debida en materia de sostenibilidad, la taxonomía de la UE y el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono.

La Comisión Europea ha apostado por simplificar la normativa comunitaria en materia de sostenibilidad empresarial con el objetivo de reducir la carga administrativa de las empresas de la UE, sobre todo las pymes, y liberar cursos para posibles nuevas inversiones, con el fin de puedan mantener su competitividad sin comprometer sus obligaciones en materia de sostenibilidad.

La Comisión tiene como objetivo claro realizar un esfuerzo de simplificación sin precedentes hasta el final de este mandato, logrando al menos un 25% de reducción de las cargas administrativas, que, en el caso de las pymes, será de un mínimo del 35%. Este primer paquete Ómnibus reúne propuestas en diversos ámbitos legislativos conexos, abarca una simplificación de gran alcance en los ámbitos de la presentación de información sobre finanzas sostenibles, la diligencia debida en materia de sostenibilidad, la taxonomía de la UE, el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono y los programas de inversión europeos.

Si se adoptan y aplican como se presenta hoy, se estima que las propuestas aportarán un  ahorro total de unos 6.300 millones de euros en costes administrativos anuales y movilizarán una capacidad de inversión pública y privada adicional de 50.000 millones de euros para apoyar las prioridades estratégicas.

Los principales cambios de esta normativa son:

  • Aplicación de la ley de sostenibilidad europea (CSRD) solo a las empresas más grandes. En concreto, solo quedarán sujetas a las normativa empresas con más de 1.000 empleados y 50 millones de volumen de negocio, el 80% de las empresas de la UE quedan liberadas.
  • Se pospone en dos años (hasta 2028) los requisitos de informes para las empresas actualmente dentro del alcance de la CSRD, que debían empezar a reportar en 2026 o 2027
  • Se garantiza que los requisitos de informes de sostenibilidad para las grandes empresas no impongan cargas a las empresas más pequeñas dentro de sus cadenas de valor. 
  • Se revisan los Estándares de Reporte de Sostenibilidad Empresarial (ESRS) y no habrá informes de sostenibilidad obligatorios para las pymes que cotizan en bolsa.  
  • Por el momento no se establecerán nuevos requisitos sectoriales. 
  • Las empresas no pertenecientes a la UE deben cumplir la CSRD si generan ingresos superiores a 450 millones de euros en la UE. 

Principales beneficios

  • Reducción de la carga de reporte: se estima que disminuye en un 25% las cargas administrativas para las empresas y hasta un 35% para las pequeñas y medianas empresas. 
  • Claridad y armonización jurídica: la iniciativa pretende buscar coherencia en la aplicación de la regulación ESG. De esta manera, busca integrar de forma coordinada las directivas existentes (CSRD, CSDDD y Taxonomía UE). 
  • Flexibilidad para empresas de mediano tamaño y regímenes a medida: se incluye la posibilidad de un régimen regulatorio diferenciando entre las de medio tamaño y aquellas que operan en varios Estado miembros, con el fin de adaptarse al sector y mercado.  
  • Optimización en el uso de diversos programas de inversión. Como InvestEU, el FEIE y otros instrumentos financieros, para poner más financiación a disposición de las empresa
    • Reducción de la carga y efecto cascada sobre las pymes y las empresas de mediana capitalización (SMCs), limitando la cantidad de información que las grandes empresas pueden solicitar dentro del mapeo de la cadena de valor. 
    • Se reduce la obligación de poner fin a las relaciones comerciales cuando haya un impacto en derechos humanos por parte de la compañía con la que se mantenga una relación comercial.  
    • No hay obligación de “poner en marcha” un plan de transición climática.

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