El 13 de agosto de 2005 entrará en vigor el Real Decreto 208/2005 por el cual los fabricantes y distribuidores de aparatos eléctricos y electrónicos tendrán que recoger y gestionar el reciclaje de los equipos antiguos que todos los usuarios deberán entregar en el momento de la compra de uno nuevo. La ley dicta que son los fabricantes los que se deberán hacer cargo de los costes que genere la recogida y transformación de estos productos. Pero este decreto no sólo considera como productores a los fabricantes, sino que también serán los importadores y los distribuidores que pongan en el mercado equipos con marcas no registradas en el Registro de Establecimientos Industriales de ámbito estatal los que deberán asumir este coste en función de los aparatos eléctricos y electrónicos que hayan puesto en el mercado. Este último es el perfil de los ensambladores locales de PC, que tendrán que responder como lo hacen marcas como HP, Acer o Tochiba. Esto lo pueden realizar de dos maneras: haciéndose cargo la propia empresa de la gestión de este tipo de residuos, o que participe en un sistema organizado colectivo de recogida y reciclaje como el ofrecido por Asimelec. Esta, patronal que reúne al 80% de los proveedores de electrónica y telecomunicaciones, realiza esta labor a través de su fundación Ecofimática mediante una cuota de adhesión. Según estimaciones de Asimelec, el coste de esta recogida y gestión sería de unos 0,3 euros por kilogramo de residuo, lo que podría llegar a repercutir en el precio final de los productos.
Por otra parte, el distribuidor, aunque no sea considerado productor, tendrá la obligación de retirar al usuario el aparato que deshecha, siempre que éste sea equivalente o realice las mismas funciones, de tal modo que muchos de los establecimientos se verán obligados a adecuar sus instalaciones o crear otras nuevas para desarrollar esa labor.