BSA advierte a los empresarios valencianos de las consecuencias de la piratería

El índice de programas ilegales instalados en ordenador en la Comunidad Valenciana es 10 puntos superior a la media nacional

Publicado el 21 Sep 2015

Valencia, ciudad de las artes

Con motivo de la entrada en vigor del nuevo Código Penal el pasado 1 de julio, BSA, la organización de fabricantes de software que persigue la piratería de programas, ha iniciado una campaña informativa en medios de comunicación de Valencia para advertir a las empresas de los graves riesgos operativos y legales a los que pueden enfrentarse si no respectan los derechos de autor del software legal.

Según la BSA, en la Comunidad Valenciana más de la mitad de los programas informáticos instalados en los sistemas informáticos de las empresas es ilegal (un porcentaje muy por encima de la media nacional), al carecer de la correspondiente licencia del propietario. En concreto, el índice de software sin licencia para Valencia si sitúa en el 55%, frente a la media del 45%.

Valencia es la tercera ciudad, tras Málaga y Bilbao, en la que BSA realiza una campaña de este tipo ante la gravedad de las consecuencias legales que se derivan de la modificación del Código Penal que ha entrado en vigor recientemente. Entre ellas está la responsabilidad penal de los administradores, que podrían enfrentarse a penas de hasta cuatro años de prisión, además de tener que afrontar multas similares a las previstas para las personas jurídicas.

Solamente en 2014, las empresas que fueron denunciadas e investigadas por uso de software ilegal en España tuvieron que afrontar multas e indemnizaciones que en su conjunto superaron los 800.000 euros, un 17% más que en 2013.

Según el responsable legal de BSA en España, Carlos Pérez, “todavía hoy muchos responsables de informática, directivos y empresarios desconocen que pueden estar incurriendo en serios riesgos al gestionar de forma errónea sus activos de software». «Con esta iniciativa queremos desterrar la idea de que usar software sin licencia es más barato, y concienciar a más empresas de que pueden obtener mucho más valor del software si lo hacen de forma legal”, añadió.

Endurecimiento de penas
Desde el pasado 1 de julio, el Código Penal modifica gran parte de su articulado y amplía determinadas conductas que pueden suponer la comisión de un delito por el uso de obras, productos o servicios sin la autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual, como en el caso del software. Además de las consecuencias penales para sus responsables, las organizaciones (personas jurídicas) pueden enfrentarse a las siguientes penas:

• Multas por cuotas o proporcional que pueden ascender a los 280.000 Euros.

• Disolución de la persona jurídica.

• Suspensión de sus actividades.

• Clausura de locales y establecimientos.

• Prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito.

• Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas,

• Inhabilitación para contratar con el sector público.

• Inhabilitación para tener beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social.

• Intervención judicial para salvaguardar los derechos de trabajadores o acreedores.

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