OPINIÓN

La ineficiente y costosa facturación electrónica que viene



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Por Vicente Alciturri, vicepresidente de la patronal tecnológica Conetic

Publicado el 18 mar 2024



Vicente Alciturri, vicepresidente de la patronal tecnológica Conetic

A pesar de la justa reclamación de las empresas españolas de una simplificación administrativa, en 2025 empresas y profesionales estaremos obligados a enviar las facturas a nuestros clientes de tres formas diferentes según el tipo de cliente y usando plataformas digitales distintas, además estos procesos no evitarán la innecesaria obligación de utilizar una cuarta plataforma para el envío del reporte fiscal utilizando SII o el nuevo sistema Veri*Factu.

Las propuestas técnicas diseñadas de forma independiente en la Ley de Crea y Crece y y en la Ley de Prevención y lucha contra el Fraude Fiscal nos abocan a ello, se trata de un ineficiente (y por tanto costoso) proyecto técnico que no debería etiquetarse como “Transformación digital”, que además no está alineado con las directrices europeas.

Nuevo servicio de plataforma pública de facturación electrónica

La Solución de Plataforma Publica de Facturación Electrónica (SPFE) gestionada por la AEAT permitirá el intercambio de las facturas electrónicas, tanto la entrega como la recogida (B2B), el obligado tributario podrá hacerlo de forma gratuita desde su software de gestión a través de SPFE o utilizar una plataforma privada. La notificación del pago (también obligatoria) deberá realizarse por parte del cliente a la SPFE y el proveedor podrá notificar si el pago no se ha producido realmente.

Cuando el cliente sea un organismo público, B2G, se obliga a la empresa proveedora a entregar sus facturas a través de la plataforma FACE o en alguna plataforma alternativa desplegada en distintos organismos públicos.

El envío de facturas a clientes que sean personas físicas, B2C, empresas extranjeras o empresas españolas con sede en territorio de País Vasco o Navarra, deberá hacerse usando archivos pdf a través de email o correo postal.

El diseño de la solución propuesta no tiene en cuenta las recomendaciones de la Comisión Europea que indican que “la distinción entre los enfoques B2G y B2B plantea dificultades a los usuarios finales de los Estados miembros. Esto es evidente en el desarrollo de plataformas separadas por parte de los gobiernos para la facturación electrónica B2G y B2B, lo que crea una complejidad innecesaria para las empresas obligadas a utilizar ambas”. Además, a partir de 2028 será obligatoria la facturación electrónica entre las empresas de los estados miembros.

Nueva plataforma pública de reporte fiscal

La nueva plataforma Veri*Factu, está orientada a las empresas que no reportan actualmente al SII para que comuniquen on-line la información fiscal a la AEAT en el momento anterior a la emisión de la factura. En el SII las empresas disponen de 4 días para realizar la comunicación; resulta desproporcionado que a las más pequeñas se les aplique una normativa más exigente que a aquellas que facturan más de 6 millones.

En diciembre de 2022, la Comisión hizo público el Informe “VAT in the digital age”, VIDA que establece que, si se intercambian a través de la AEAT todas las facturas en formato electrónico normalizado EN16931, se pueden obtener todos los reportes actuales del IVA periódicos y obligatorios (303, 347, 340, 390, etc.) y por tanto ya no sería necesario reclamárselo a las empresas. Esta simplificación no está recogida actualmente.

Desde 2019 las empresas italianas usan una sola plataforma pública y gratuita para enviar las facturas a todos sus clientes (B2G, B2B B2C), conocer el estado del pago, recibir las suyas y notificar el pago, eliminando o simplificando además la necesidad de elaborar los modelos 303, 347,… de reporte fiscal.

¿Por qué en España no lo hacemos así?

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