Las comunidades comienzan a gestionar solicitudes de Fondos Covid

A partir de mañana las comunidades autónomas podrán comenzar a solicitar ayudas directas del fondo de 7.000 millones de euros dispuesto por el gobierno para ayudar a la recuperación

Publicado el 30 Abr 2021

recuperación

Con las Comunidades Autónomas inmersas en el proceso de firma de los convenios con el Gobierno para el reparto de los fondos de refuerzo de la solvencia empresarial, empresas y autónomos se preparan ya para comenzar a solicitar las ayudas que alcanzarán los 7.000 millones de euros. El real decreto ya aprobado también pone en marcha una línea de 3.000 millones de euros para la reestructuración de deuda financiera y un fondo de recapitalización de empresas dotado con 1.000 millones.

Ya que serán las CC. AA quienes asuman la tramitación, gestión y resolución de las solicitudes, además del abono de subvenciones y los controles previos y posteriores al pago, las empresas van a tener que lidiar con 17 legislaciones publicadas en los boletines oficiales autonómicos, por lo que se prevé que gran parte del peso en la tramitación de las ayudas recaiga sobre las asesorías de empresa y despachos profesionales.

Las asesorías y despachos profesionales como CE Consulting tendrán un papel determinante de apoyo, no solo en el trámite administrativo sino también en el seguimiento del cumplimiento a futuro de los compromisos adquiridos. Conviene recordar además que los partners son los prescriptores de tecnología de dichas asesorías y despachos y también pueden contribuir a facilitarles el contacto con sus clientes a través del despliegue de herramientas de colaboración, productividad y soluciones y servicios de gestión.

¿Quiénes pueden acceder a las ayudas directas?

La finalidad de esta línea de ayudas directas es apoyar a aquellas empresas y autónomos que están en los sectores más castigados por la duración y el impacto económico de la pandemia, como el sector turístico, la hostelería, los transportes o el pequeño comercio. Además, los solicitantes tendrán que presentar una caída más de un 30% el volumen de operaciones anual, declarado en el IVA en el 2020 respecto al 2019, y estarán excluidos quienes hubieran declarado un rendimiento económico de la actividad negativo en Renta o base imponible negativa en el Impuesto sobre Sociedades en 2019.

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Redacción Channel Partner

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