¿Cuál es en estos momentos la obligatoriedad de presentar y emitir factura electrónica en la administración pública española y en la empresa privada de este país?
Actualmente es obligatoria la emisión de facturas electrónicas cuando se factura a una administración pública. También lo es cuando se factura un contratista de la administración en el ámbito de la subcontrata. Esta obligatoriedad está en muchos países de la UE, con lo que nos podemos encontrar con la obligación cuando facturemos a otra administración de la UE. En el caso de Italia, donde es obligatoria la factura electrónica en todos los ámbitos, una empresa cliente italiana podría solicitarnos factura electrónica porque así está ya preparado su circuito administrativo. Para facilitar estos tramites en Europa, se aprobaron dos formatos para su uso estandarizado de obligatoria aceptación para las administraciones europeas. Como se ve, la extensión de la factura electrónica trasciende el ámbito estatal.
Por lo que tengo entendido, en 2021, las empresas españolas, hasta la última tienda de chuches, tendrá que trabajar para todo con factura electrónica. En el País Vasco, esta medida se adelanta a 2020. ¿Es esto así?
No exactamente, vamos hacia un control de la facturación emitida por parte de las administraciones tributarias entre mediados del 2020 y el 2021 en las diputaciones forales. Esta medida estaba prevista también en el ámbito estatal en el anteproyecto de ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Este control va en dos sentidos, el primero, evitar el fraude de facturación aprovechando el software haciendo que éste cumpla una serie de requisitos y, el segundo, en el propio proceso de facturación registrando un identificador único de la factura que deberá ir impreso en la misma y que permitirá su seguimiento por parte de la administración y, posiblemente hasta la posibilidad de autentificar la factura en el caso del receptor. Además, las facturas deberán enviarse a las administraciones tributarias telemáticamente.
Este último punto quizás es el que ha llevado a la confusión. En todo caso, es previsible que, aunque sea de manera indirecta, haya un incremento de el uso de factura electrónica derivado de esta normativa, como ocurrió una vez puesto en marcha el Suministro Inmediato de Información (SII).
¿Hay un calendario de transición para las empresas privadas hasta 2021?
Los calendarios para la implantación de este control de las facturas todavía no han sido publicados, sólo Bizkaia ha hecho pública su fecha objetivo, que es mediados de 2020, finalizada la fase piloto en la que actualmente estamos. Lo que sí parece que están todos de acuerdo es en comenzar por las personas jurídicas, a las que se les entiende mayora capacidad de adaptación de sus sistemas de facturación y darles mayor plazo a los autónomos.
¿Cuál es la oferta tecnológica de Sage para facilitar la facturación electrónica en las empresas de todo el país?
La propuesta de Sage es ofrecer soluciones de gestión globales que ayuden a las empresas en su éxito empresarial. La gestión global de las facturas electrónicas para automatizar lo máximo en sus procesos de emisión, recepción y comunicación forman parte de esta propuesta.
¿Qué va a suponer para la operativa de las compañías y en general para el tejido productivo del país la generalización de la factura electrónica?
La factura electrónica es una oportunidad para las empresas de automatizar el proceso de emisión y también lo que muchas no consideran, el de recepción de facturas. Iniciativas como la recogida en el anteproyecto de ley de lucha contra el fraude o Ticket Bai en el País Vasco, precisamente van encaminadas a digitalizar la parte donde el sistema se sostiene sobre factura en papel, como es el de las facturas simplificadas y en general todas aquellas donde el destinatario es el consumidor final. Si las administraciones facilitan la consulta completa e incluso la importación de esta información desde sus sistemas, se podría facilitar la automatización en las empresas de tramites como la gestión de los gastos de los gastos de dietas o de representación, por ejemplo.
¿Y para Hacienda? Entiendo que, por ejemplo, se podrá reducir el fraude fiscal, el dinero negro y tener un mayor control de la actividad productiva, ¿verdad?
Lógicamente la perspectiva inicial de las administraciones suele ser esta. De hecho, las iniciativas que hemos comentado están amparadas en la lucha contra el fraude. Sin embargo, las iniciativas de digitalización de las relaciones entre empresas y ciudadanos con las administraciones han buscado mejorar estas relaciones en aras a la eficiencia administrativa y en agilizar y reducir el tiempo de los trámites. Justo este es el enfoque que debemos darle a estos cambios y lo que debemos buscar en ellos las empresas.